Cambiarán firma manuscrita por digital

Pronto la tramitación de documentos públicos dará un giro radical en Panamá, ya que dejará de existir la firma tradicional para darle paso a la firma electrónica, por lo que se suscribió un convenio para implementar el proyecto País Sin Papel.

La firma electrónica que sustituirá a la de a puño y letra en diversas entidades públicas consiste en una secuencia única de letras y números que vincula a la persona que firma con el documento electrónico.

Para firmar digitalmente se necesitan dos claves, una secreta y una pública, esta última se otorgará a través de un certificado digital.

Las autoridades prometen que aquellos tediosos procedimientos que deben afrontar los usuarios serán más rápidos y transparentes.

De acuerdo con informes del Registro Público esto generará un ahorro al Estado de 25 millones de dólares.

Miembros del Registro Público, el Órgano Judicial, la Dirección de Contrataciones Públicas, entre otras instituciones firmaron un convenio para implementar el proyecto denominado País Sin Papel.

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Aprueban el traspaso de la dirección de Derecho de Autor

La Comisión de Educación de la Asamblea Nacional aprobó ayer (18/01/2011) en primer debate el proyecto de ley por el cual se traspasa la Dirección Nacional de Derecho de Autor del Ministerio de Educación (Meduca) al Ministerio de Comercio e Industrias.

La iniciativa, que fue presentada por el titular de Comercio, Roberto Henríquez, contó con el respaldo de Christian García, presidente de la Sociedad Panameña de Autores y Compositores (SPAC), quien durante el debate dijo que ve con buenos ojos la iniciativa.

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Magistrados declaran inconstitucional derogación de la Sala V.

Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, en un pleno extraordinario, declararon insconstitucional la ley que se aprobó en la administración de la ex presidenta Mireya Moscoso y por la cual se derogó la Sala Quinta de Garantías Constitucionales.

Según el magistrado ponente Alejandro Moncada Luna, el siguiente paso es hacer la reglamentación del fallo y notificar a los procuradores de la Nación y de la Administración.

Además el presidente de la República, Ricardo Martinelli, deberá nombrar a los nuevos tres magistrados de la Sala Quinta, se informó en una conferencia de prensa.

La nueva sala tendría las funciones de resolver los hábeas corpus y amparo de garantías constitucionales.

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Acuerdo de Marrakech. Personal contratado por empresas en virtud del Acuerdo de Marrakech.

A quienes aplica: Extranjeros que ingresan a Panamá a laborar en empresas con menos de 10 trabajadores panameños en virtud del Acuerdo de Marrakech (Ley 23 de 1997).

duración : Períodos anuales hasta un total de 6 años.

Requisitos:

    Poder y Solicitud mediante abogado otorgado por el representante legal de la empresa contratante.

    Copia del Pasaporte debidamente cotejado por notario público panameño.

    Certificado de antecedentes penales.

    Certificado de Salud expedido por un profesional idóneo (panameño) con fecha dentro de tres meses antes del momento de presentar la solicitud.

    Cheque de B/.250 a favor del Tesoro Nacional (de Panamá) y otro de B/.800.00, a favor del Servicio Nacional de Migración.

    Llenar personalmente la Declaración Jurada proporcionada por el SNM.

    3 fotografías tamaño carnet.

    Acreditar un salario neto (después de impuestos) que no podrá ser menor de B/.1,000.00 mensuales.

    Pagar la solicitud de status para el Permiso de trabajo.

    Permiso de trabajo y copia de carné.

    Contrato de trabajo refrendado por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral a favor del Interesado.

    Carta de Trabajo en papel membrete de la empresa, firmada por el representante legal de la empresa contratante.

    Copia de Aviso de Operación de la empresa.

    Copia de Certificación del Registro Público de la empresa.

    Paz y salvo nacional de rentas de la empresa.

    Comprobante de afiliación a la Caja de Seguro Social, con copia del carné (en la primera solicitud).

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