VISA DE SOLVENCIA ECONÓMICA PROPIA

2008 Mayo 28
by Oliver

SOLVENCIA ECONOMICA PROPIA

Los extranjeros que están interesados en comprar propiedades en Panamá, pero que aun no llenan los requisitos para obtener una Visa de Turista Pensionado, el gobierno ofrece la opción de obtener una Visa de Solvencia Económica Propia. Esta visa aplica para extranjeros que han comprado en nombre propio propiedades en la República de Panamá, y que demuestren que poseen solvencia económica propia para mantenerse en Panamá (salarios, regalías, ingresos de alquileres, intereses, etc).

Podrá solicitar este permiso el extranjero que invierta la suma mínima de trescientos mil balboas (B/.300,000.00) en bienes inmuebles o depósito a plazo fijo o la combinación de ambos y demuestre que los fondos provienen del extranjero. En caso de incluir dependientes deberá demostrar una solvencia adicional de dos mil balboas (B/.2,000.00) por cada uno.

SOLVENCIA ECONÓMICA POR APERTURA DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO

1.Poder y Solicitud,
2.Copia del Pasaporte debidamente autenticado ante Notario de la República de Panamá.
3.Certificado de antecedentes penales debidamente autenticado o apostillado en el País de emisión.
4.Cheque certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional y otro de B/.800.00 a favor del SNM.
5.Certificado de Salud por profesional idoneo. Dentro de 3 meses antes de la presentación de la solicitud.
6.Declaración jurada de antecedentes personales.
7.Certificación bancaria de que ha aperturado una cuenta de depósito a plazo fijo a nombre del solicitante, con una duración mínima de tres (3) años, (el plazo fijo debe estar libre de todo gravamen) en cualquier banco de licencia general en el territorio nacional, por un valor mínimo de trescientos mil balboas (B/.300,000.00), o su equivalente en moneda extranjera;
8.Copia del certificado a plazo fijo autenticada por el banco.

SOLVENCIA ECONÓMICA POR INVERSIÓN EN BIENES INMUEBLES

1.Poder y Solicitud,
2.Copia del Pasaporte debidamente autenticado ante Notario de la República de Panamá.
3.Certificado de antecedentes penales debidamente autenticado o apostillado en el País de emisión.
4.Cheque certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional y otro de B/.800.00 a favor del SNM.
5.Certificado de Salud por profesional idoneo. Dentro de 3 meses antes de la presentación de la solicitud.
6.Declaración jurada de antecedentes personales.
7.Certificado del Registro Público que compruebe la propiedad de los bienes inmuebles, a título personal del solicitante con un valor mínimo de trescientos mil (B/.300,000.00), libre de gravámenes.

Parágrafo I: En el caso de que el título de los bienes inmuebles, estén a nombre de una fundación de interés privado, el extranjero podrá solicitar este permiso siempre y cuando demuestre que es el fundador y él o sus dependientes sean los beneficiarios. El certificado del Registro Público deberá mostrar la designación de fundador y beneficiario.

Parágrafo II: En el caso de que el solicitante acredite que a pagado la suma liquida de trescientos mil balboas (B/.300,000.00) en un bien inmueble y esté sea de un valor superior a lo requerido, podrá financiar el remanente a través de préstamos hipotecario de un banco local.

Parágrafo III: El Director General del Servicio Nacional de Migración podrá considerar las solicitudes de permiso de residente permanente en calidad de Solvencia Económica Propia de aquellos extranjeros que hayan invertido en bienes raíces en el territorio nacional, una suma mínima de doscientos mil balboas (B/.200,000.00) y menor de trescientos mil balboas (B/.300,000.00), y que por razones de fuerza mayor o caso fortuito no hayan podido sustentar la titularidad del bien antes de la entrada en vigencia de este reglamento.

Esta excepción deberá comprobarse con el pago a través de transferencia bancaria a la inmobiliaria en concepto de abono del inmueble y copia autenticada del contrato de promesa de compraventa.

SOLVENCIA ECONOMICA PROPIA POR INVERSIÓN MIXTA (DEPÓSITO DE PLAZO FIJO Y BIENES INMUEBLES)

1.Poder y Solicitud,
2.Copia del Pasaporte debidamente autenticado ante Notario de la República de Panamá.
3.Certificado de antecedentes penales debidamente autenticado o apostillado en el País de emisión.
4.Cheque certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional y otro de B/.800.00 a favor del SNM.
5.Certificado de Salud por profesional idoneo. Dentro de 3 meses antes de la presentación de la solicitud.
6.Declaración jurada de antecedentes personales.
7.Certificación bancaria de que ha aperturado una cuenta de depósito a plazo fijo a nombre del solicitante, con una duración mínima de tres (3) años, (el plazo fijo debe estar libre de todo gravamen) en cualquier banco de licencia general en el territorio nacional, por un valor mínimo de trescientos mil balboas (B/.300,000.00), o su equivalente en moneda extranjera;
8.Copia del certificado a plazo fijo autenticada por el banco.
9.Certificado del Registro Público que compruebe la propiedad de los bienes inmuebles, a título personal del solicitante con un valor mínimo de trescientos mil (B/.300,000.00), libre de gravámenes.

Fuente: Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, así como su Reglamento el Decreto Ejecutivo No. 320 de 8 de agosto de 2008. Vigencia: a partir del 26 de agosto de 2008.

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